• INFORMACIÓN GENERAL

Los cursos de formación específica son obligatorios desde la entrada en vigor de la Orden Ministerial INT/318/2011, de 1 de febrero sobre personal de seguridad privada y por la Resolución de 12 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se determinan los programas de formación del personal de seguridad privada.

  • DESTINATARIOS

Personal de seguridad privada (Vigilantes de Seguridad/Guardas Rurales)  con TIP en vigor que presten o pretendan prestar servicios de respuesta ante alarmas o que deseen ampliar sus competencias profesionales mediante esta formación específica.

  • DURACIÓN Y MODALIDAD DE IMPARTICION

10 horas en modalidad presencial

  • DOCENTES

Técnicos acreditados por el Ministerio del Interior para la especialidad requerida

  • ACREDITACIÓN

Este curso de formación específica se acreditará mediante el correspondiente diploma oficial e inscripción en la cartilla profesional del alumno.